El Ayuntamiento de Estepona informa de que a partir del 1 de junio y hasta el 15 de octubre entrarán en vigor las prohibiciones para evitar incendios.

A partir del 1 de junio queda prohibida la quema de vegetación natural, la quema de residuos agrícolas y forestales y encender fuego para la preparación de alimentos o cualquier otra finalidad, incluidas las áreas de descanso de la red de carreteras y las zonas de recreativas y de acampada, aún estando habilitadas para ello.

Debido a la sequedad de los terrenos y a las altas temperaturas del verano, se aplican toda esta serie de prohibiciones para evitar incendios forestales.

La limpieza de parcelas, cauces y terrenos en esta época es también muy recomendada para evitar así posibles incendios ya sea por las altas temperaturas o cualquier residuo que pudiese haber en las mismas.

Además, también está prohibido el uso del fuego en calderas de destilación y en hornos de carbón y piconeo y el uso del fuego en la actividad apícola, excepto en el empleo de ahumadores para el manejo de colmenas en aquellas explotaciones apícolas inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas.

También se restringe la circulación con vehículos a motor campo a través, por cauces secos o inundados, vías pecuarias, vías forestales de extracción de madera y pistas forestales situadas  fuera de la red de carreteras.

La gran afluencia de visitantes durante el verano a los caminos de acceso a los caminos de acceso a zonas de baño de los rios, especialmente a la zona de la charca de Las Nutrias en el río Castor, se recomienda evitar el acceso con vehículo.

Por último, la práctica de deportes de motor en caminos no asfaltados durante esta época está también prohibida en aplicación de la normativa de prevención de incendios.

 

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